La Justicia bonaerense rechazó el recurso de Pedidos Ya y mantuvo vigente el reconocimiento de derechos laborales para 62 repartidores.
La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario presentado por Repartos Ya S.A., empresa que opera bajo la plataforma Pedidos Ya, y dejó vigente el núcleo de una resolución que reconoce derechos laborales para 62 repartidores.
El expediente se inició en 2020, luego de inspecciones realizadas por el Ministerio de Trabajo bonaerense en distintas localidades. La empresa había reconocido como trabajador en relación de dependencia solamente a una de las 71 personas relevadas. Para otros 62 sostuvo que eran prestadores autónomos y negó cualquier vínculo con ocho trabajadores.
Tras las inspecciones, la autoridad laboral determinó incumplimientos de la normativa y aplicó una multa de $17.690.400 correspondiente a 70 repartidores. La empresa apeló, pero el Tribunal del Trabajo N° 1 de La Plata confirmó la sanción en 2021.
El máximo tribunal bonaerense había confirmado sustancialmente esa decisión el 9 de abril de 2026. Luego, Repartos Ya intentó llevar el conflicto ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero el 5 de agosto la Suprema Corte bonaerense denegó el recurso, con costas.
La resolución no cierra completamente el expediente: la situación de otras ocho personas, respecto de las cuales la empresa negó cualquier relación laboral, deberá ser analizada nuevamente por el Tribunal del Trabajo con una nueva integración. Ese trámite podría modificar el monto definitivo de la sanción.
El fallo vuelve a poner sobre la mesa una discusión que las plataformas digitales preferirían mantener debajo de la alfombra: que una aplicación tenga una pantalla moderna no significa que pueda funcionar con reglas laborales del siglo XIX.
La tecnología puede cambiar la forma de repartir pedidos, pero no debería convertirse en una excusa para borrar derechos. El debate de fondo es sencillo: si hay trabajadores, hay que discutir qué derechos tienen. Y esta vez, la Justicia decidió que la palabra “repartidor” no alcanza para hacer desaparecer la palabra “trabajador”.
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