La Corte Suprema dejó firme la condena a cinco años de prisión contra el exintendente David Bravo por trata de personas. Su detención es inminente.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó de manera definitiva la condena a cinco años de prisión contra David Bravo, exintendente de Colonia 25 de Mayo, por el delito de trata de personas. Con el fallo del máximo tribunal, Bravo ya no cuenta con vías recursivas y deberá cumplir la pena de manera efectiva.
El exjefe comunal, identificado políticamente con el vernismo, fue condenado como partícipe necesario en una causa por explotación sexual de mujeres en prostíbulos que funcionaban bajo los nombres “Venus” y “Karibian”. La Justicia determinó que facilitó el funcionamiento de estos locales y obtuvo provecho económico de la actividad ilegal.
En la misma causa, en febrero de 2023, también fue condenada Nurys Caraballo Castillo, quien estaba a cargo de los establecimientos, mientras que el comisario imputado por encubrimiento agravado resultó absuelto.
Ambos habían llegado al juicio oral acusados por el delito de trata de personas cometido en perjuicio de más de tres víctimas mayores de 18 años, mediante el abuso de su situación de vulnerabilidad, con fines de explotación sexual. Caraballo Castillo fue considerada autora del delito y Bravo, que en ese momento era concejal, partícipe necesario.
Antecedentes y origen de la causa
Bravo ya contaba con una condena previa. En marzo de 2013, la Justicia pampeana le impuso siete meses de prisión en suspenso y una inhabilitación especial por 14 meses para ejercer cargos públicos por abuso de autoridad.
La causa principal se inició el 13 de diciembre de 2011, tras una denuncia recibida en la Delegación La Pampa de la Dirección Nacional de Migraciones. Una joven dominicana alertó telefónicamente que había escapado de un prostíbulo de 25 de Mayo, donde era maltratada y amenazada, y aseguró que otras mujeres vivían situaciones similares.
Durante la investigación, la denunciante afirmó que no recurrió a la policía porque “sabían todo” y que, cuando “el jefe de la municipalidad iba al cabaret le daban mil pesos y él firmaba”.
El 16 de diciembre de 2011, la Justicia ordenó el allanamiento del local nocturno. En el lugar se encontraron diez mujeres —nueve dominicanas y una argentina— y se constató que dentro del mismo predio había habitaciones donde residían y se realizaban los “pases”.
En el procedimiento se secuestró la habilitación municipal del cabaret, firmada por el propio Bravo, bajo el rubro “cabaret”, a pesar de que una ordenanza municipal de 2010, también firmada por él, prohibía expresamente la habilitación de ese tipo de locales por encubrir delitos de trata.
Con el avance de la investigación, se comprobó que el prostíbulo había cambiado su nombre a “Restó Bar Karjbjan” y continuaba funcionando con la misma responsable y varias de las mismas mujeres.
El Tribunal Oral Federal de La Pampa condenó a Bravo a cinco años de prisión, fallo que fue ratificado por la Cámara Federal de Casación Penal. Finalmente, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti declararon inadmisible el recurso extraordinario presentado por la defensa, dejando firme la condena.
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