Hombre de 66 años fue sentenciado a 14 años de prisión por delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado.
Hombre de 66 años fue sentenciado a 14 años de prisión por delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado a un menor de 18 años siendo la victima un infante y los hechos tuvieron lugar durante cinco años. Así lo confirmó el Tribunal de Impugnación.
Pablo Balaguer juez del TIP y Alejandra Ongaro ocupante del
cargo de Jueza subrogante, ambos integrantes de la Sala A. Así lo solucionaron
al no hacer uso de los recursos de defensa que tienen las partes,
interpuesto por Gastón Gómez, el defensor particular del imputado.
Esta denuncia fue iniciada por la directora del colegio
donde el infante estaba inscrito, además según algunos testigos confirman que
el niño al regresar a casa era víctima de situación de abandono además de que tenía
que soportar violencia familiar
A pesar de toda la situación que se vive actualmente con
el coronavirus, el trámite ha continuado. Se llevó a cabo un juicio oral siendo
el Juez de audiencia Daniel Sáez Zamora quien tomó la decisión de dar de
libertad al acusado ya que no había muchas pruebas existentes, y debido a las
dudas se benefició al acusado aplicando el principio “in dubio pro reo”
La absolución fue impugnada por el fiscal Andrés Torino junto
con la querellante particular que es la madre del niño, por medio del
patrocinio letrado de María Silvia Blanco Gómez defensora oficial. Por otro
lado, la sala B del TIP cuenta con dos jueces Filinto Rebechi y Mauricio
Piombi, los cuales accedieron a dar la razón por lo cual enviaron la causa al
tribunal de origen para que dictara un nuevo fallo.
Gómez fue quien recurrió en la casación al Superior Tribunal
de Justicia. El máximo tribunal provincial por medio de la Sala B declararon
una invalidez del pronunciamiento del TIP las causas de esto es porque se
consideraba que había una falta importante en el contenido. Por eso el legajo
se volvió a enviar al TIP con el fin de que revisara el fallo de Sáez Zamora.
Sin embargo el STJ enfatizó que el TIP pudo haber dictado
un nuevo fallo sin la necesidad de hacer un reenvío del expediente a la Audiencia
de Juicio de Santa Rosa, ya que alega que cuando que cuando estamos en
presencia de un “in iudicando” es decir, cuando se observa un error ya sea en
la aplicación indebida o por medio de la interpretación errónea, el tribunal
revisor lo puede resolver.
Gracias a ese reenvió por el Superior Tribunal, la Sala B
de Impugnación revocó la sentencia de primera instancia y procedió a dictar una
condena de 14 años de prisión. En este proceso participó el Juez Fernando
Rivarola y la jueza María Eugenia Schijvarger haciendo uso de los recursos de
impugnación de la fiscalía y la querella.
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