El juez Marcelo Pagano, condenó ayer a nueve años de cárcel a un mecánico que abusó sexualmente de una niña en reiterada ocasiones.
El juez de audiencia de General Pico, Marcelo Pagano, condenó ayer a nueve años de cárcel a un mecánico que abusó sexualmente de una niña en reiteradas ocasiones. El magistrado lo condenó por la figura de «Abuso sexual con acceso carnal como delito continuado».
El hecho se debatió a lo largo de
dos jornadas, con la intervención del fiscal Luciano Rebechi, del defensor
oficial Mauro Fernández y del querellante particular Martín Herrero Galvagno.
El hecho fue denunciado en
diciembre del año anterior, por el padre de la adolescente, que al momento de
los hechos, tenía 12 años de edad.
Durante el juicio, declararon los
padres y allegados a la víctima, personal policial que participó de la
investigación, y peritos forenses, como el médico Graciano Masó, y la psicóloga
Natalia Rescala, que entrevistó a la menor en Cámara Gesell.
Durante los alegatos finales, el
fiscal dijo que el imputado abusó de la niña durante varios meses, y pidió una
pena de nueve años de prisión. El querellante particular pidió una condena de 15
años de cárcel, tras argumentar que no existían atenuantes en su conducta; y el
defensor, coincidió con el fiscal en la ocurrencia de los hechos y en la figura
penal achacable, y pidió una pena de 6 años de prisión.
Pruebas.
Con las pruebas incorporadas,
Pagano acreditó que en reiteradas oportunidades el imputado abusó sexualmente
de la menor de 12 años de edad, y que los hechos ocurrieron en tres viviendas
diferentes: la casa que alquilaba el acusado, la casa de la abuela de la niña y
el domicilio familiar de la menor.
«Tengo por probado que en
reiteradas e incontables oportunidades, accedió carnalmente a la menor de 12
años de edad al momento de la denuncia. Los hechos se cometieron en un primer
momento en la vivienda del acusado y en la casa de la abuela de la damnificada,
y por último en la habitación que la damnificada posee en la vivienda que
habita junto a su grupo familiar», dijo el juez.
En uno de los tramos de la
sentencia, el magistrado se refirió al testimonio de la psicóloga que
entrevistó en Cámara Gesell a la niña.
Explicó que la menor comenzó a
hablar sobre el hecho luego de varios minutos de silencio y con la ayuda de la
psicóloga, y que la profesional destacó que «existió un correlato emocional
entre lo que narraba y la vergüenza, pudor y retraimiento que tenía al
hacerlo».
En el análisis de la pena a
aplicar, el juez tuvo en cuenta como atenuantes, el pedido de perdón, la escasa
instrucción del acusado y la carencia de antecedentes condenatorios. Como
circunstancias agravantes evaluó la pluralidad de hechos, el reprochable
aprovechamiento que hizo de la confianza de la víctima y de su familia, y el
grave daño psicológico.